Desde el mes de mayo del año 2017, los y las trabajadoras de la Guardería SPUM, S.C. que atiende a hijos e hijas de los trabajadores del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (SPUM), que usted dirige; vienen tratando de ejercer a plenitud su derecho a sindicalizarse y establecer su organización gremial, así como el de firmar y administrar el contrato colectivo de trabajo (CCT), que debe regir las condiciones generales de trabajo, salarios y prestaciones, tal y como lo establece la ley laboral (LFT, DOF, 1º de mayo de 2019).
En este tiempo, los trabajadores y trabajadoras de la guardería, han encontrado en la dirigencia del SPUM, en su papel de sindicato-patrón, una férrea oposición a sus justas pretensiones; pues desde que solicitaron su registro sindical, el sindicato que hoy usted dirige se ha opuesto. Incluso, una vez logrado su registro sindical, como vil patrón, despidió de manera injustificada a todos y todas las integrantes de la dirigencia sindical, cuestión que hasta hoy no se resuelve, gracias al contubernio de las autoridades laborales con la patronal que usted representa.
Posteriormente, negaron la firma del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que presentaron los trabajadores, con la triste maniobra de anteponer, no uno, sino dos sindicatos de protección, ajenos a los trabajadores del centro de trabajo, impidiendo la firma del CCT con la genuina representación sindical; lo que obligó a los mismos a promover un juicio de titularidad y a solicitar ante las autoridades laborales el recuento para acreditar que cuenta con la simpatía y apoyo de la mayoría de los trabajadores. Mismo que se desahogaría el 30 de octubre del 2019, por acuerdo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, en el recinto de la Junta y que fue impedido por su representación sindical al presentar a destiempo un recurso de amparo provisional.
Nos indigna mucho su actitud y el de su gremio ante las acciones realizadas en contra de nuestros compañeros y compañeras trabajadoras del Sindicato de Trabajadores de la Guardería del SPUM, a los cuales, con sus inmorales maniobras, les han impedido el ejercicio de sus derechos conculcados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 123). Más nos indigna, viniendo de un gremio de profesores de la institución educativa de carácter público más importante del Estado y en cuyo seno debe de reinar como elemento central la defensa, el respeto y el ejercicio del derecho al trabajo y el respeto a los Derechos Humanos Laborales y Sindicales que promueve la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en los Convenios 87 y 98 ya ratificados por el Senado de la República.
Por este motivo, los trabajadores de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), de manera respetuosa y fraterna, le solicitamos su intervención inmediata en este asunto para que cese el hostigamiento y la represión laboral en la Guardería de referencia en contra de los miembros del Sindicato de Trabajadores de la Guardería del SPUM. Al mismo tiempo, solicitamos que sean reinstalados los trabajadores y trabajadoras despedidas y reconocido su sindicato como vía para establecer la discusión sobre la aprobación del CCT correspondiente.
Profr. Juan Pérez Medina
Secretario General de la CUT en Michoacán.